DUDAS ASISA

ASISA, MÁS QUE DUDAS


17/2/08
"Alternativa-RTVE va a pedir la convocatoria urgente de la Comisión de Seguimiento del Seguro Médico para que la Dirección nos aclare las numerosas dudas que nos plantea la nueva póliza de ASISA. Sabemos que muchos de vosotros os estáis encontrando con respuestas confusas y numerosos escollos por parte de esta compañía. Consideramos imprescindible conocer las condiciones del contrato que firmó RTVE.

Entretanto y como casi todos hemos recibido ya la documentación que ASISA nos exige firmar para nuestros familiares os recomendamos que no firméis el documento de aceptación de cláusulas limitativas que, por lo general, figura en la última página de las condiciones generales (a algunos se lo han enviado grapado en la página del contrato) porque en esas condiciones generales y en negrita están las carencias (periodo que hay que esperar para que te cubran determinados tratamientos) y preexistencias (no dar tratamiento a enfermedades anteriores a la firma).

La alarma se nos ha activado porque a los empleados de RTVE no nos piden la firma de ese documento.


Os recomendamos que en lugar de enviar esa aceptación firmada remitáis a ASISA junto a los contratos de cada uno de vuestros familiares asegurados una copia de la circular que ASISA publicó en la Intranet el 26 de Diciembre de 2.008 y la circular que la Dirección de RTVE, firmada por Marta Bretos, publicó en la Intranet el 29 de Enero de 2.009. En ambos documentos como veréis figura que nuestras familias tienen los mismos derechos que nosotros. Ni carencias, ni preexistencias, acto médico gratuito, etc.




3 comentarios:

Anónimo dijo...

Ya era hora, de que alguien se diese cuenta, yo firmo un papel que dice:
"ASISA elude la asistencia derivada de la atención de patologías, situaciones o procesos anteriores a la contratación de la póliza o presentes en el momento
de dicha contratación, declarados y no declarados en el cuestionario que debe suscribir el Asegurado, así como sus secuelas, brotes evolutivos y complicaciones.
El abajo firmante autoriza expresamente a la Entidad ASISA a fin de que realice los actos y gestiones oportunas para la comprobación de la transcendencia,
existencia, evolución o desaparición de las enfermedades o lesiones a las que haya que prestar su asistencia, así como para poder conocer los posibles antecedentes o consecuencias de las mismas y tratamientos seguidos en cada caso a través de esta Entidad.
De acuerdo con el Artículo 10 de la Ley de Contrato de Seguro, en caso de reserva o inexactitud al cumplimentar la presente declaración, el asegurado perderá el derecho a la prestación garantizada, reservándose ASISA la facultad de rescindir automáticamente la póliza.
A los efectos señalados, el firmante declara no haber desfigurado la verdad, ni ocultado la existencia de enfermedad o defecto alguno".
y luego si hay algun problema me dirán "usted aceptó firmando"

Anónimo dijo...

Antes si te ponías de baja la Empresa o colaboradora o quien sea complementaba del 80% al 100%. ¿ esto sigue siendo así? yo creo que no.

huelguista.com dijo...

CAPÍTULO XIV. Previsión, servicios sociales y actividad sindical. Artículo 101. Prestación complementaria por enfermedad.
1. RTVE establecerá una prestación por enfermedad o accidente, con el fin de que los trabajadores, en estas situaciones, justificadas mediante el oportuno parte de baja extendido por la Seguridad Social, completen la percepción del 100 por 100 de su retribución por jornada ordinaria, incluida la antigüedad, así como de las pagas extraordinarias que pudieran corresponderles.
No tiene nada que ver en estola existencia o no de la colaboradora.